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Pueblos indígenas : el derecho a existir

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Víctimas de colonizaciones que masacraron sus pueblos y diezmaron sus culturas imponiéndoles religiones y lenguas extrañas, los pueblos indígenas se enfrentan en el presente a un sistema económico que los ha empujado a la pobreza extrema.
Marginadas de los centros de poder, las comunidades indígenas son frecuentemente excluidas de decisiones que habrán de afectarlas directamente. Sus preocupaciones y necesidades no son tenidas en cuenta por parte de los gobiernos y los organismos internacionales al elaborar planes de desarrollo. Los planes de construcción de represas o la promoción de la minería por parte del Banco Mundial, que han obligado a desplazarse y perder su tierra a millones de indígenas, son ejemplos de ésto.
Diariamente vemos integrantes de comunidades indígenas que son víctimas de violencia y asesinatos políticos cuando se organizan para reclamar sus derechos. Arrasadas sus tierras y sin posibilidades de subsistencia, cuando son empujados hacia las ciudades no sólo deben enfrentar la pérdida de sus referentes culturales, sino que se ven discriminados y condenados a una mayor marginación por una población que no los reconoce como compatriotas.
Frente a estas graves violaciones a sus derechos y como respuesta a los reclamos de los indígenas en foros internacionales, Naciones Unidas ha intentado establecer nuevas formas de protección con el establecimiento del "Decenio Internacional de Derechos de Pueblos Indígenas", que finalizará en el año 2004. En este contexto se estableció un "Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas" con el objetivo de elaborar normas internacionales relativas a los derechos de las poblaciones indígenas que complementen las ya existentes (como la "Declaración Universal de Derechos Humanos"), teniendo en cuenta tanto las semejanzas como las diferencias en lo que respecta a la situación y a las aspiraciones de los pueblos indígenas en todo el mundo. A poco tiempo de finalizar el decenio, sin embargo, son muchas las cosas que quedan por hacer y parece remota la posibilidad de que el objetivo final se cumpla sin un compromiso más profundo de los países miembros.
La imposición de un sistema internacional normalizado de derechos de propiedad intelectual (DPI) ha desencadenado una lucha por la protección de los conocimientos innovadores asociados al material biológico por parte de grandes corporaciones de los países desarrollados. Estas industrias han sido acusadas de "biopiratería", no sólo con respecto a los recursos sino también a los conocimientos indígenas: el saber ancestral de estos pueblos es apropiado por industrias de países ricos que patentan esos recursos y limitan así las posibilidades del propio país de origen de explotarlos, procesarlos, comercializarlos y exportarlos. Los indígenas pueden llegar incluso a tener que pagar grandes sumas por consumir algo que poco tiempo antes obtenían directamente de la tierra. Una revisión del artículo 27.3(b) del acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC o TRIPS) -que atañe a la patentabilidad de material orgánico- debía ser completada en el año 2000, pero todavía se encuentra en discusión.
Desde el punto de vista legal, en la mayoría de los países con poblaciones indígenas es necesaria una revisión que asegure el ejercicio del control de los pueblos milenarios sobre sus territorios, recursos, culturas, identidades y vidas, así como mecanismos para el respeto de decisiones jurisdiccionales de la justicia indígena. En este sentido se ha producido un avance con la aprobación, en 1989, del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que habla del reconocimiento de las costumbres e instituciones indígenas. Aún falta mucho por hacer, de todos modos, por parte de los gobiernos hacia el reconocimiento y la salvaguarda de estos derechos.  leer

Fecha de publicación : 1ro de diciembre de 2006

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